Derechos humanos en Paraguay
Después de dos guerras internacionales, Paraguay quedó devastado. La clase dirigente se abocó en la reconstrucción del país, en 1920 aún no teníamos una experiencia social sobre el funcionamiento de una sociedad democrática.
Durante el periodo dictatorial del general Alfredo Stroessner , que duró 35 años, se habían violados los derechos humanos. El derecho a la vida, el derecho a la seguridad y a la economía No fueron respetados. El 3 de febrero de 1989, un grupo de militares comandados por el general Andrés Rodríguez produjo un golpe de estado y derrocó la larga dictadura stronista.
Principales Tratados de Derechos Humanos Vigentes en Paraguay
1. El Pacto Internacional de derechos Civiles y Políticos;
2. El Pacto Internacional de derechos Económicos, Sociales y Culturales;
3. La Convención Americana sobre derechos humanos;
4. La Convención sobre los derechos del Niño;
5. La Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer;
6. La Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discri- minación Racial;
7. La Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanas o De- gradantes;
8. La Convención Americana para Prevenir y Sancionar la Tortura;
9. La Convención Americana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia con- tra la Mujer “Convención de Belem do Pará;
10. La Convención Interamericana sobre Desaparición forzada de personas.
Principales derechos humanos relacionados con el acceso a la justicia en Paraguay
Derecho a la vida. Norma constitucional. Art. 4. Prohibición de torturas, penas o tratos crueles, inhumanos y degradantes. De la tortura y otros delitos. Art. 5 |
Imprescriptibilidad de las acciones por los delitos contra los derechos humanos. De la libertad y de la seguridad de las personas. Norma Constitucional. Art. 9 Principios del debido proceso Defensa en juicio. Art. 16
La Responsabilidad del Estado en caso de error judicial. Prisión preventiva. Art. 19.
Del objeto de las penas. Art. 20.
La reclusión de las personas. Art. 21.
La inconstitucionalidad. Art. 132 El habeas corpus. Art. 133
El amparo. Artículo 134
El habeas data. Art. 135
La forma de los juicios. Art. 256
Obligación de colaborar con la justicia. Artículo 257
Garantías constitucionales
Las garantías deben entenderse como la seguridad que ofrece el Estado de asegurar a los habitantes el goce de los beneficios jurídicos en razón de su condición humana, así como el de evitar abusos y atropellos de esos mismos derechos y finalmente los mecanismos de restitución en caso de haber sido violados.
Entre los deberes, derechos y garantías, la Constitución de 1992 (CN) establece una serie de instituciones jurídicas
“para hacer efectivos los derechos consagrados en esta Constitución, se establecen las garantías contenidas en este capítulo, las cuales serán reglamentadas por la ley” (art. 131).
Las garantías incluidas en ese capítulo constitucional son la inconstitucionalidad, el habeas corpus, el amparo y el habeas data. A ellas debemos sumar la defensa de intereses difusos que, si bien fue incluida entre los derechos y no específicamente entre las garantías, su naturaleza es similar a ellas.
Inconstitucionalidad (art. 132)
“La Corte Suprema de Justicia tiene facultad para declarar la inconstitucionalidad de las normas jurídicas y de las resoluciones judiciales, en la forma y con los alcances es- tablecidos en esta Constitución y en la ley”.
Habeas corpus (art. 133)
“Esta garantía podrá ser interpuesta por el afectado, por sí o por interpósita persona, sin necesidad de poder por cualquier medio fehaciente, y ante cualquier Juez de Pri- mera Instancia de la circunscripción judicial respectiva.
El Habeas Corpus podrá ser:
1) Preventivo: en virtud del cual toda persona, en trance inminente de ser privada ilegalmente de su libertad física, podrá recabar el examen de la legitimidad de las circunstancias que, a criterio del afectado, amenacen su libertad, así como una orden de cesación de dichas restricciones.
2) Reparador: en virtud del cual toda persona que se hallase ilegalmente privada de su libertad puede recabar la rectificación de las circunstancias del caso. El magis- trado ordenará la comparecencia del detenido, con un informe del agente público o privado que lo detuvo, dentro de las veinticuatro horas de radicada la petición. Si el requerido no lo hiciese así, el Juez se constituirá en el sitio en el que se halle recluida la persona, y en dicho lugar hará juicio de méritos y dispondrá su inme- diata libertad, igual que si se hubiere cumplido con la presentación del detenido y se haya radicado el informe. Si no existiesen motivos legales que autoricen la pri- vación de su libertad, la dispondrá de inmediato; si hubiese orden escrita de au- toridad judicial, remitirá los antecedentes a quien dispuso la detención.
3) Genérico: en virtud del cual se podrán demandar rectificación de circunstancias que, no estando contempladas en los dos casos anteriores, restrinjan la libertad o amenacen la seguridad personal. Asimismo, esta garantía podrá interponerse en casos de violencia física, psíquica o moral que agraven las condiciones de personas legalmente privadas de su libertad.
La ley reglamentará las diversas modalidades del hábeas corpus, las cuales pro- cederán incluso, durante el Estado de excepción. El procedimiento será breve, sumario y gratuito, pudiendo ser iniciado de oficio”.
Amparo (art. 134)
“Toda persona que por un acto u omisión, manifiestamente ilegítimo, de una autoridad o de un particular, se considere lesionada gravemente, o en peligro inminente de serlo en derechos o garantías consagradas en esta Constitución o en la ley, y que debido a la urgencia del caso no pudiera remediarse por la vía ordinaria, puede promover am- paro ante el magistrado competente. El procedimiento será breve, sumario, gratuito, y de acción popular para los casos previstos en la ley.
El magistrado tendrá facultad para salvaguardar el derecho o garantía, o para resta- blecer inmediatamente la situación jurídica infringida. Si se tratara de una cuestión electoral, o relativa a organizaciones políticas, será competente la justicia electoral. El Amparo no podrá promoverse en la tramitación de causas judiciales, ni contra actos de órganos judiciales, ni en el proceso de formación, sanción y promulgación de las leyes. La ley reglamentará el respectivo procedimiento. Las sentencias recaídas en el Amparo no causarán estado”.
Habeas data (art. 135)
“Toda persona puede acceder a la información y a los datos que sobre sí misma, o sobre sus bienes, obren en registros oficiales o privados de carácter público, así como conocer el uso que se haga de los mismos y de su finalidad. Podrá solicitar ante el ma- gistrado competente la actualización, la rectificación o la destrucción de aquellos, si fuesen erróneos o afectaran ilegítimamente sus derechos”.
Defensa de intereses difusos (art. 38)
“Toda persona tiene derecho, individual o colectivamente, a reclamar a las autoridades públicas medidas para la defensa del ambiente, de la integridad del hábitat, de la sa- lubridad pública, del acervo cultural nacional, de los intereses del consumidor y de otros que, por su naturaleza jurídica, pertenezcan a la comunidad y hagan relación con la calidad de vida y con el patrimonio colectivo”.
1- ¿ Por qué es importante conocer las garantías constitucionales ?
2-¿ En Paraguay existe obstáculos para acceder a la justicia cuando se trata de derechos humanos ?


Es importante conocer estas garantías para poder hacer uso en caso de necesitarla por un lado, y por otro lado es derecho de todos conocer estos derechos.
ResponderEliminarSi bien existen las garantías y el acceso a ellas, se puede mencionar que a veces este organismo encargado de garantizar los derechos humanos, no actúa de oficio en muchos casos.
Es más que necesario conocer las garantías constitucionales para poder hacer uso de ellas en caso de vulneración de los derechos establecidos en la Propia Constitución Nacional.
ResponderEliminarEn Paraguay aún hay un gran trayecto que hacer para acceder a la Justicia y poder exigir el cumplimiento de los DD.HH. Se deben brindar mayores facilidades, agilidad del proceso y resolución de las problemáticas.
Es importante conocer las garantías constitucionales ya que representa una protección para los ciudadanos de cualquier país ante el posible intervencionismo desventajoso por parte del Estado.
ResponderEliminarExcelente..corregido 👌👌
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